Congreso prohíbe reelección inmediata de autoridades

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El Congreso aprobó luego de tres horas de debate, el proyecto de ley que prohíbe la reelección inmediata de los presidentes regionales y alcaldes.

El Parlamento aprobó en primera votación el proyecto de reforma constitucional con 97 votos a favor y 10 abstenciones. No hubo votos en contra.

El tema de la aparición de mafias dedicadas al cobro de cupos descubiertas en Áncash, Arequipa, Tumbes, Cajamarca y Pasco marcaron la agenda durante la sesión plenaria.

El dictamen sustentado por el titular de la Comisión de Constitución, el legislador Cristóbal Llatas Altamirano (Gana Perú), alcanza a los alcaldes a nivel nacional. El caso de Roberto Torres, suspendido alcalde de Chiclayo, no fue la excepción en el debate.

La norma, sin embargo, no está aprobada en su totalidad. Aún falta una segunda votación debido a que, según la Constitución, una reforma de este tipo se aprueba a través de dos legislaturas para luego su posterior promulgación por parte del Ejecutivo.

“Según lo dispuesto en el artículo N° 206 de la Constitución Política, el proyecto de reforma constitucional aprobado será nuevamente votado en la próxima legislatura ordinaria”, concluyó la presidenta del Congreso, Ana María Solórzano, finalizado el conteo de votos.

En teoría, la segunda votación se llevaría a cabo en la siguiente legislatura.

La ley de reforma, sobre la “denominación y no reelección inmediata de autoridades”, promueve la modificación de los artículos 191, 194 y 203 de la Carta Magna.

La propuesta de enmienda, por ejemplo, plantea que las autoridades regionales se denominen “gobernadores regionales”.

“El gobernador regional es elegido conjuntamente con un vicegobernador regional por sufragio directo por un periodo de cuatro años. No hay reelección inmediata”, indica el texto sustitutorio del referido dictamen.

El documento agrega que los exgobernadores y exvicegobernadores tienen derecho a postular nuevamente, pero no de manera consecutiva.

“El mandato de dichas autoridades no es revocable ni renunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución”, se precisa.

En caso de aspirar a la Presidencia de la República, vicepresidencia, Congreso o alcaldía, la exautoridad deberá renunciar seis meses antes de la elección respectiva.

Según el mismo proyecto, los gobernadores regionales estarían “obligados” a acudir al Parlamento cuando su presencia sea requerida.

Si bien no hubo votos en contra de la norma, los parlamentarios que se abstuvieron fueron Martín Belaunde y Heriberto Benítez, de Solidaridad Nacional (SN); Javier Bedoya, Marisol Pérez Tello, Juan Carlos Eguren, Luis Iberico y Alberto Beingolea (PPC-APP). Del fujimorismo se mantuvieron al margen de la votación Octavio Salazar y Pedro Spadaro. Roberto Angulo, de Gana Perú, también optó por el silencio.

Fuente: Correo

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