Acoso sexual callejero se condenará con cárcel

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El Congreso aprobó el proyecto de ley que previene y sanciona con una pena de prisión efectiva de hasta 12 años el delito de acoso sexual callejero.

La Ley de prevención, atención y sanción del acoso sexual en los espacios público señala que este tipo de prácticas en lugares públicos como calles, avenidas, parques, plazas y demás), así como en medios de transporte público deben ser sancionados. Esto al considerar que afectan la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física y moral de niños, adolescentes y mujeres.

La pena de cárcel puede llegar a los 12 años si el acoso sexual tuviese un carácter degradante o causase algún tipo de daño físico o mental en la víctima que el perpetrador haya podido prever.

La edad también condiciona la cantidad de años para un acosador. La sentencia puede llegar a los 10 años si su víctima tiene menos de 7 años. Asimismo, será de hasta 9 años de cárcel si fuera un menor de 10 y de 8 años si fuera un menor de 14.

Otros agravantes considerados son la violencia o las amenazas. En esos casos, la pena llegaría a 5 años. Si el acosador es docente, auxiliar o tiene otra vinculación académica que lo vuelva una autoridad sobre su víctima, la pena será de 7 años.

Fuente: Andina

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