Se aprueba proyecto de Ley para retorno de peruanos del extranjero

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El gabinete aprobó un proyecto de ley para facilitar el retorno de peruanos que residen en el exterior, mediante incentivos y acciones de índole tributaria y laboral, que propicien su adecuada reinserción económica y social en nuestro país.

El proyecto, que será presentado al Congreso, tiene en cuenta el aumento de peruanos que están retornando al país como consecuencia de la crisis económica internacional y el endurecimiento de las políticas migratorias en los países receptores.

Asimismo, modifica los alcances de la Ley N° 28182 – Ley de Incentivos Migratorios. Se precisa que mientras esta norma se circunscribe a los connacionales que posean un capital para ser invertido en el país, en este caso se amplía a dos grupos de beneficiarios:

En el primer grupo, se incluye a aquellos que tengan más de cinco años en el exterior y que regresen de manera voluntaria, que hayan sido afectados por la crisis económica o que posean un capital y quieran emprender un negocio en el Perú.

En el segundo, se tendrá en cuenta a aquellos que son forzados a retornar debido a su condición migratoria irregular, acreditando no menos de dos años en el exterior.

En cuanto a los beneficios que otorgaría la ley, de ser aprobada por el Legislativo, se considerarán adicionalmente a las exoneraciones tributarias existentes, otras que incluyen el menaje de casa (hasta 30,000 dólares), un vehículo automotor (hasta 30,000 dólares), bienes de capital, instrumentos de profesión, entre otros hasta un máximo de 100,000 dólares.

El Ministerio de Relaciones Exteriores estima que como efecto inmediato de esta ley, unos 20,000 peruanos retornantes podrían acogerse a algún beneficio.

La fórmula legal contempla que la supervisión y control estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión Multisectorial Permanente denominada “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”.

Fuente: Terra

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