Partidos políticos deben reportar gastos en publicidad

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Los gastos en publicidad que vienen realizando algunos partidos políticos, a través de diversos medios, deben ser sustentados ante la ONPE.

La sustentación de esos gastos debe hacerse mediante información sobre el origen de los aportes vinculados con dichos gastos, a efecto de supervisar si las fuentes de financiamiento se encuentran de acuerdo a ley.

El organismo electoral informó que sus auditores se encuentran visitando a los partidos políticos para verificar esta situación, en base a información proporcionada por la Asociación Civil Transparencia, según la cual luego de un registro se ha identificado 116 actividades propagandísticas, entre las que se cuentan vallas publicitarias, pintas, carteles y banderolas.

Adicionalmente, la ONPE también iniciará el registro de publicidad que realicen las organizaciones políticas para contrastarlas con los informes que presenten en su momento.

En tal sentido, la ONPE exhorta a las organizaciones políticas de alcance nacional a tener en cuenta que de acuerdo al artículo 40° de la Ley de Partidos Políticos, la publicidad contratada con fines electorales sólo está permitida desde los 60 hasta los 2 días previos a un acto electoral.

Fuente: RPP

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  1. En tal sentido, la ONPE exhorta a las organizaciones pol ticas de alcance nacional a tener en cuenta que de acuerdo al art culo 40 de la Ley de Partidos Pol ticos, la publicidad contratada con fines electorales s lo est permitida desde los 60 hasta los 2 d as previos a un acto electoral. Cabe indicar que est previsto que las pr ximas elecciones generales se lleven a cabo en nuestro pa s el 10 de abril del 2016.

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