Gobierno propone aumento del 13% en el presupuesto público del 2013

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El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de la ley del presupuesto del sector público para el año fiscal 2013. En él, plantea un presupuesto anual de gastos por S/.108.418,9 millones, un 13% mayor que el correspondiente al 2012.

De dicho monto, el 67% corresponde al Gobierno Central, el 16% a los gobiernos regionales y el 17% a los gobiernos locales.

“Con la finalidad de mantener una posición fiscal sostenible, el proyecto de ley del presupuesto del año 2013 es acorde con el logro de un superávit del 1,1% del producto bruto interno (PBI)”, señala el Gobierno.

Según el proyecto, la cifra del presupuesto es consistente con un escenario base de un crecimiento de la economía del 6% y una inflación del 2% el próximo año.

Asimismo estimó para el 2013 exportaciones por US$52.982 millones, importaciones por US$44.593 millones y un tipo de cambio promedio anual de S/.2,64 por dólar.

“Para el 2013, el PBI interno crecería en 6,0% en términos reales, siendo el gasto privado el principal motor del crecimiento, en especial la inversión privada”, precisó el documento.

En esa línea, el Poder Ejecutivo estimó que tanto la inversión privada como la pública crecerían en un 10% el próximo año, mientras que la demanda interna aumentaría un 6,3%.

En cuando a la deuda pública, el proyecto de presupuesto contempla un monto equivalente al 18,2% del PBI.

La exposición de motivos señala que se ha priorizado la asignación a las intervenciones destinadas a seis pilares fundamentales: 1) la inclusión social, 2) el desarrollo del capital humano y la promoción de innovación tecnológica, 3) el fortalecimiento del orden público, la defensa nacional y la seguridad ciudadana, 4) la reforma del Estado y la gobernabilidad, 5) la reducción de brechas de infraestructura y 6) la reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres.

Otro aspecto que se precisa en el proyecto de ley del presupuesto para el 2013 es la asignación de recursos para el financiamiento de la reforma salarial de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Además, se prevé en la reserva de contingencia la suma de S/.5.273 millones, destinada a financiar gastos que, por su naturaleza y coyuntura, no puedan ser previstos en los presupuestos de las entidades públicas.

En el capítulo sobre el gasto en los ingresos del personal, la propuesta del Ejecutivo prohíbe en las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos y beneficios de toda índole.
Con respecto a los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, la suma propuesta se mantiene en hasta S/.300. La bonificación por escolaridad, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero, será hasta de S/.400.

Uno de los artículos propone prohibir el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo en casos como la designación en cargos de confianza y de directores superiores de libre designación y remoción.

También deja abierta la posibilidad del nombramiento de hasta el 25% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial.

Además, la propuesta del Ejecutivo permite el nombramiento de hasta el 25% del número de los profesionales médicos comprendidos en la Ley N° 29682. “Para dicho nombramiento, el profesional médico debe encontrarse prestando servicios en la condición de contratado por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales”, dice el documento.

La asignación de gerentes públicos, conforme a la correspondiente certificación de crédito presupuestario otorgada por la entidad de destino y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, con cargo al presupuesto institucional de dichos pliegos, también está permitida por la propuesta de ley del presupuesto público.

El proyecto remitido prohíbe la adquisición de vehículos automotores, salvo en los casos de pérdida total de estos, adquisiciones de ambulancias, vehículos de rescate y autobombas, vehículos destinados para estaciones de pesaje móviles para la fiscalización y control de pesos y medidas vehiculares en la red vial nacional.

Igualmente, vehículos destinados a la limpieza pública, seguridad ciudadana, seguridad interna y defensa nacional.

Asimismo, los vehículos destinados al patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y fiscalización del sector ambiental.

Fuente: El Comercio

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