Condenados por terrorismo no postular en elecciones

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El Congreso aprobó la ley que impide la postulación de sentenciados por delitos de terrorismo, narcotráfico, corrupción y violación sexual para las próximas elecciones regionales y municipales.

La decisión plenaria contó con 93 votos a favor, 9 en contra (Frente Amplio) y 1 abstención (Yonhy Lescano). Con ello se aprobó el allanamiento a la observación que realizó el Poder Ejecutivo respecto al apartado donde el Parlamento incorporaba a los indultados en la prohibición de la norma.

Esta es la votación del allanamiento de la ley que prohíbe la postulación para condenados por terrorismo, corrupción, narcotráfico y violación. Los votos en contra fueron del #FrenteAmplio y la abstención de Yonhy Lescano.

En el debate, el oficialista Alberto de Belaunde lamentó la observación que hizo el Poder Ejecutivo a la autógrafa de ley y pidió que el Congreso apruebe la norma por insistencia y no por allanamiento.

“¿Qué pasaba con las personas que eran indultadas por haber sido condenadas injustamente? Hay muchas personas llamadas terroristas siendo inocentes”, cuestionó De Belaunde en su primera declaración plenaria en su ahora calidad de ex oficialista.

Su pedido fue respaldado por la izquierdista Marisa Glave, quien recordó casos de “civiles inocentes” que fueron indultados por “demostrarse que fueron condenados por tribunales militares y jueces sin rostro sin fundamentos”.

Estos argumentos fueron rebatidos por el aprista Javier Velásquez Quesquén, quien calificó al “indulto razonado” como un tema “doctrinario” que podría ser riesgoso y habilitar la participación política de terroristas.

“Estamos corrigiendo un hecho que resulta desproporcionado. Un alcalde que usó mal un vehículo y fue sentenciado por peculado no puede postular, ¿y un terrorista indultado, sí?”, cuestionó el aprista.

Gino Costa mencionó que el “indulto razonado” fue dado para personas reconocidas como inocentes e “injustamente condenadas”.

“Solo uno de ellos se incorporó en la política, el señor Yehude Simon”, recordó.

El vocero oficialista Gilbert Violeta dijo que la norma podría seguir siendo debatida y mejorada, pero resaltó la necesidad de que la norma sea aprobada.

Si esta norma no era aprobada, la prohibición no se hubiera podido aplicar para los comicios regionales y municipales del presente año.

Si bien las normas relacionadas con procesos electorales deben publicarse un año antes de la elección para estar vigentes, el Congreso decidió (en noviembre pasado) que para los comicios del 2018 se podrían promulgar leyes hasta un día antes de la convocatoria del proceso.

En octubre pasado, el Congreso también determinó que la convocatoria se daría en un plazo no menor de 270 días calendario anteriores a la elección, el que se cumple el 10 de enero de este año.

La norma en cuestión se aprobó el 2 de noviembre del 2017. Durante el debate se pidió ampliar el rango del proyecto, que inicialmente solo proponía la prohibición para los condenados por el delito de terrorismo y apología.

El texto sustitutorio incluyó delitos de corrupción, narcotráfico y violación sexual, aun cuando los sentenciados se hubieran rehabilitado.

La autógrafa se dio cinco días después, pero a fines de mes llegó una observación del Ejecutivo referida al siguiente apartado: “Los impedimentos no resultarán aplicables a quienes hubieran recibido indulto razonado o especial”.

A inicios de diciembre del mismo 2017, la Comisión de Constitución se allanó a la observación, retiró el apartado y la norma quedó lista para publicarse.

Para esto último, sin embargo, se requería que la decisión sea ratificada por el pleno. Entre el 5 de diciembre (cuando se aprobó el allanamiento) y el 15 de diciembre (día que se inició el proceso de vacancia que acaparó la agenda legislativa) hubo dos plenos el 7 y el 13 donde se pudo tratar este allanamiento.

En estos se autorizaron unas 13 leyes e incluso un allanamiento a modificaciones a la Ley del Colegio de Psicólogos.

Fuente: Andina

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